Sólo para Tarifa Residencial - Pequeñas Demandas - Monofásicos. Será encuadrado en la Tarifa 1 Residencial (T1R). Evite demoras. Condiciones de instalación: - No registrar deudas pendientes por suministro de energía eléctrica o facturaciones complementarias. - El pilar y la acometida deben hallarse en condiciones de acuerdo al Croquis e indicaciones para la construcción del Pilar Dentro de los cinco días hábiles siguientes, concurriremos sobre el lugar para instalar el medidor. El cargo de la colocación se debitará en su primera factura de consumo (Consulte Cuadro Tarifario). Ingrese la siguiente información: |
En cumplimiento del art. 6° de la Ley Nro.25326, de Protección de Datos Personales, se pone en su conocimiento que los datos por Ud. informados a esta empresa, serán utilizados para la correcta liquidación de sus operaciones y para el estricto cumplimiento de normas legales, reglamentarias y concordantes, relativas a su condición frente a los diversos tributos en general y a la distribución de energía eléctrica en particular. Todos los datos son obligatorios y resulta relevante su exactitud para evitar a Ud. perjuicios de índole legal, económica o financiera. La información correspondiente quedará en archivos en el domicilio de la empresa, a cargo de personal idóneo. Esa información podrá ser suministrada a los distintos organismos de control de recaudación, a determinados contratistas de medición, reparación, instalación, etc, tanto en cumplimiento de normas preestablecidas como de requerimientos específicos o por la realización de determinados trabajos relativos a la actividad. Si Ud. desea acceder a sus datos registrados en nuestras bases, los mismos serán suministrados por el personal de la empresa ante su solicitud. |
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